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AMIONE GUILLERMO MAXIMILIANO C/ BERESIARTE NICOLAS ALEJANDRO S/ EJECUCION HONORARIOS

El actor interpuso recurso de apelación contra la ejecución de honorarios por un monto de $14.045.900. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, argumentando que los intereses deben computarse desde la firmeza del auto regulatorio, no desde la fecha de apelación.

Recurso de apelacion Ejecucion de honorarios Intereses moratorios Firmeza Notificacion Mora automatica Titulo ejecutorio Ley 14.967 Codigo procesal civil y comercial Provincia de buenos aires

Actor: Amione Guillermo Maximiliano Demandado: Beresiarté Nicolás Alejandro Objeto: Ejecución de honorarios por $14.045.900 Decisión: Se rechaza el recurso de apelación en subsidio y se confirma la sentencia apelada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los intereses de los honorarios deben computarse a partir de la constitución en mora, la cual se produce a los 10 días de adquirir firmeza el auto regulatorio... El crédito por honorarios regulados es exigible recién a partir de la firmeza de la resolución regulatoria... la regulación de honorarios no constituía título ejecutorio hábil mientras la providencia 'por devueltos' no fuera notificada personalmente o por cédula." "Es la ley la que establece de qué manera deben ser notificadas las decisiones judiciales, no estando incluida entre las facultades de la Judicatura elegir uno u otro medio."

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