DE BLAS, AZUL MARIA C/ GAUTE, CARLOS OSVALDO ADRIÁN S/ALIMENTOS
El demandante solicitó la modificación de la cuota alimentaria fijada a favor de sus hijos. La Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia, argumentando que el porcentaje establecido es adecuado y que el interés superior de los niños debe prevalecer.
Actor: DE B., A. M. C. Demandado: G., C. O. A. Objeto: Modificación de la cuota alimentaria fijada a favor de los hijos. Decisión: Se confirma la sentencia de primera instancia que fijó la cuota alimentaria en el 28% de los haberes netos del demandado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La obligación de alimentos está destinada a satisfacer las necesidades de la parte alimentada y debe ser fijada en forma tal que resulte suficiente... debe tenerse en consideración las condiciones de edad, parentesco de los obligados y beneficiarios, posición económica y social y posibilidad de trabajo... el porcentaje ha sido establecido por la sentencia de grado valorando las constancias del trámite, haciendo mérito de las necesidades de los niños, sus edades, y las pruebas aportadas, no es justificativo para su reducción alegar tener otra hija." "El cuidado constituye una necesidad básica, ineludible y universal, y que se configura como el conjunto de acciones necesarias para preservar el bienestar humano... corresponde el rechazo de la queja, no siendo justificativo para recibirla el hecho alegado de compartir el cuidado tres días a la semana, por unas horas."
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