Z. E. A. Y OTRO/A S/ TUTELA
El apelante, madre de los menores, impugnó la sentencia que otorgó la tutela de sus hijos a la abuela paterna. La Cámara de Apelaciones confirmó la decisión, priorizando el interés superior de los niños y la estabilidad en su cuidado.
Actor: Sra. S. V.M. Demandado: Sra. E. D.C. M. Objeto: Revocación de la tutela otorgada a la abuela paterna. Decisión: Se confirmó la sentencia que otorgó la tutela a la abuela.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El punto de partida en casos como el presente, donde se hallan involucrados derechos de niños, niñas y adolescentes (NNA), debe ser su interés superior... Este principio es un concepto dinámico, una noción flexible, que exige ser calificado y redefinido en cada caso puntual." "Desde este piso de marcha, adelanto que el recurso, de compartirse mi voto, no ha de prosperar." "La solución que al día de hoy mejor atiende al superior interés de los mismos, es mantenerlos en tal situación, pues dicha estabilidad en la vida de todo NNA resulta de suma importancia para su desarrollo psicofísico." "La Convención sobre los Derechos del Niño consagra el derecho de los menores de edad a ser oídos en todo proceso judicial... Aplicando estos principios en la especie, y en virtud a la edad de los niños... la queja articulada al respecto, tampoco progresa."
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