HENDLER PABLO JULIO C/ DE SOUSA BARAO JIMENA S/ INCIDENTE DE EJECUCION DE HONORARIOS (FIJACION)
El actor promovió un incidente de ejecución de honorarios por la fijación de los mismos. La Cámara de Apelaciones modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, estableciendo los honorarios en 7 Jus arancelarios.
Actor: P J H Demandado: J de S B Objeto: Fijación de honorarios por trabajos extrajudiciales. Decisión: Se modificó la sentencia de primera instancia, fijando los honorarios en 7 Jus arancelarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La ley 5177 que reglamenta el ejercicio profesional, establece que son funciones de la profesión de abogado la defensa de derechos, el patrocinio y la representación, tanto en juicio o proceso, cuanto fuera del mismo, y evacuar consultas jurídicas (art. 57 ley citada)." "En consecuencia, y teniendo en cuenta lo dispuesto por los arts. 9 apartado II, inc. 13 y 55 de la ley 14967, no existiendo en el caso de autos motivo alguno para apartarse del mínimo establecido en la norma, corresponde regular los honorarios del Dr. Pablo Julio Hendler en la suma de 7 Jus arancelarios." "Las costas de Alzada deberán imponerse a la parte demandada que mantiene la calidad de vencida. (art. 68 del C.P.C.C)."
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