FUENTES MARINA SOLEDAD S/ QUIEBRA(PEQUEÑA)
Se declara en estado de quiebra a Fuentes Marina Soledad, quien se encontraba en cesación de pagos. El Tribunal resolvió la apertura del proceso falencial y estableció medidas cautelares para proteger los derechos de los acreedores.
Actor: DR. CASTELLUCCIO Demandado: FUENTES MARINA SOLEDAD Objeto: Apertura del proceso falencial por quiebra. Decisión: Se declara en estado de quiebra a la demandada y se establecen medidas cautelares.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que la deudora es sujeto concursable en los términos establecidos por el art. 2 de la L.C. y Q." "Que de conformidad con las manifestaciones vertidas por aquella y lo que surge de las constancias acompañadas, se encuentra la peticionante en estado de cesación de pagos." "En consecuencia, procédase a disponer en carácter de MEDIDA CAUTELAR INNOVATIVA, la suspensión de las retenciones efectuadas por la empleadora de la fallida."
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