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BELTRAN MARIA HILEN S/ QUIEBRA(PEQUEÑA)

Se solicita la conclusión del proceso de quiebra de María Hilen Beltrán por inexistencia de acreedores. El Tribunal hace lugar a la solicitud de la sindicatura, declarando la conclusión de la quiebra por falta de presentación de créditos.

Quiebra Conclusion Inexistencia de acreedores Sindicatura Honorarios Ley de concursos y quiebras Proceso falencial Publicacion de edictos Gastos del concurso Derecho concursal

Actor: Sindicatura Demandado: María Hilen Beltrán Objeto: Conclusión del proceso de quiebra Decisión: Se hace lugar a la solicitud de conclusión del proceso de quiebra

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La quiebra concluye cuando a la época en que el Juez debe decidir sobre la verificación o admisibilidad de los créditos, no exista presentación de ningún acreedor." "La inexistencia de insinuaciones de créditos, comprobada a la fecha en que el juez habría debido resolver sobre la verificación o admisibilidad de aquellos, concluye la quiebra si, además, el fallido satisface los gastos y honorarios del concurso." "Ante tales circunstancias como las descriptas, no cabe más que hacer lugar a la solicitud de conclusión del proceso instada por la Sindicatura."

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