SOTO, ROCIO DE LOS MILAGROS c/ MICRO OMNIBUS TIGRE SOCIEDAD ANONIMA s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
Rocío de los Milagros Soto demandó a Micro Ómnibus Tigre S.A. por daños y perjuicios tras un accidente en el descenso del colectivo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil revocó la sentencia de primera instancia y rechazó la demanda, argumentando la falta de prueba sobre la responsabilidad del transportista.
¿Quién es el actor?
Rocío de los Milagros Soto
¿A quién se demanda?
Micro Ómnibus Tigre Sociedad Anónima
- Objeto de la demanda: Daños y perjuicios por un accidente de tránsito
- Decisión del tribunal: Se revoca la sentencia de primera instancia y se rechaza la demanda
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La responsabilidad del transportista por los daños a las personas transportadas está sujeta a lo dispuesto en los artículos 1757 y ss. del Cód. Civ. y Com. [...] El encuadre de la obligación del transportista como 'de resultado' favorece a la víctima, pues impone la carga de la prueba a quien pretende eximirse de responsabilidad." "No existe daño sin hecho que lo determine, y la probanza del mismo debe aportarla la parte que tiene interés en afirmar su existencia en cuanto le es favorable su efecto jurídico, debiendo a tal fin elegir los medios adecuados para formar la convicción en el ánimo del juzgador." "No ha podido ser demostrada la alegada responsabilidad que le cupo a la transportista en el suceso ya que no se aportó prueba que diera cuenta del nexo de causalidad entre sus deberes y los daños que señala acontecieron como consecuencia de ello del modo en que ha sido relatado en la demanda."
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