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TEMIÑO TERESA C/ DIAZ MAURICIO ALEJANDRO Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ. AUTOM. S/LESIONES (EXC. ESTADO)

Se solicita la caducidad de instancia por inacción de la parte actora en un proceso judicial. El Tribunal decreta la caducidad de instancia, considerando la reincidencia en la falta de impulso del proceso.

Caducidad de instancia Inaccion procesal Mediacion prejudicial Procedimiento civil Articulo 315 cpcc Reincidencia Honorarios Costas Ley 14.967 Tribunal de primera instancia

Actor: Dra. Patricia Mabel VITTAR Demandado: Teresa TEMIÑO Objeto: Caducidad de instancia por falta de actividad procesal útil. Decisión: Se decreta la caducidad de instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La caducidad de instancia se produce cuando ha transcurrido el plazo que la ley fija, sin que haya existido petición de parte o providencia judicial que tenga por efecto impulsar el procedimiento." "Cabe considerar que dicho instituto ha de interpretarse como una medida excepcional, y por lo tanto de aplicación restrictiva, y ordenada a mantener vivo el proceso." "La última actuación que tuvo por efecto impulsar el procedimiento, data de fecha 01/11/10/2021. Ello así, y que la actora resulta ser reincidente en su conducta, el plazo se encuentra ampliamente vencido." "Configurándose en autos el supuesto normado por el artículo 315, 2º párrafo del C.P.C.C., corresponde hacer lugar al pedido de caducidad de instancia."

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