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GONZALEZ MARIA GABRIELA C/ CAJA DE JUBILACIONES, SUBSIDIOS Y PENSIONES DEL PERSONAL DEL BANC S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - PREVISION

María Graciela González demandó a la Caja de Jubilaciones del Banco de la Provincia de Buenos Aires por el restablecimiento de derechos previsionales. La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo confirmó la inconstitucionalidad del art. 41 de la ley 15.008 y ordenó la liquidación de haberes previsionales.

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Actor: María Graciela González Demandado: Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Restablecimiento de derechos previsionales y liquidación de haberes no prescriptos. Decisión: Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por la demandada, confirmando la inconstitucionalidad del art. 41 de la ley 15.008.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La Cámara considera que el art. 41 de la ley 15.008, al remitir a la Ley Nacional 26.417, incurre en una delegación inconstitucional de competencias legislativas, afectando derechos fundamentales de los jubilados." "Se concluye que la fórmula de movilidad previsional establecida por la ley 15.008 no garantiza la proporcionalidad entre los haberes de actividad y pasividad, lo que contraviene principios constitucionales." "El Poder Ejecutivo provincial ha reconocido la necesidad de modificar la ley 15.008, lo que refuerza la postura de inconstitucionalidad adoptada."

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