M. B. A. S. C/ A. J. L. S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO
El actor apeló la decisión sobre la imposición de costas en un proceso de homologación de convenio. La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, imponiendo las costas al demandado por considerar que no deben recaer sobre el beneficiario de la cuota alimentaria.
Actor: M. B. A. S. Demandado: A. J. L. S. Objeto: Homologación de convenio. Decisión: Se modifica la imposición de costas, que recaerán sobre el demandado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En lo que hace a las costas procesales, es pacífica la doctrina y jurisprudencia en sostener que, por regla general han de serles impuestas al alimentante, en razón del carácter asistencial que la cuota reviste..." "Aplicando tales conceptos al caso de autos, teniendo en cuenta la índole de la cuestión debatida en autos y más allá de que exista un acuerdo, las costas no pueden recaer sobre la persona beneficiaria de la cuota..." "Se deberá modificar el decisorio recurrido en cuanto a la imposición de costas, quedando impuestas al demandado la de ambas instancias..."
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