A., P. D. S/INCIDENTE DE SEMILIBERTAD EN CAUSA 12200 IPP 03-00-000587-15/00 UFI 1 (JEP-20017)
El demandante solicitó la incorporación de Pablo Daniel Álvarez al régimen de semilibertad. La Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal rechazó el recurso de apelación y confirmó la denegatoria del beneficio, argumentando la insuficiencia de los informes requeridos.
Actor: Dra. Verónica Olindi Huespi Demandado: Pablo Daniel Álvarez Objeto: Incorporación al régimen de semilibertad Decisión: Se rechazó el recurso de apelación y se confirmó la resolución que no hace lugar al instituto de semilibertad.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El ARTICULO 23 bis. de la ley 24660 señala que 'Para la incorporación al régimen de semilibertad se requerirá una información a cargo de la Sección Asistencia Social en la que se constate...'. De un análisis del incidente entiendo que tales requisitos no se encuentran debidamente cumplidos...". "Sumado a ello debo señalar que deberá el penado continuar haciendo uso de las herramientas que le brinda el sistema en el lapso de tiempo que le queda por cumplir, para prepararse para el medio libre." "Por los argumentos expuestos propongo rechazar el recurso de apelación en trato y confirmar la resolución en crisis."
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