-----------S/APELA DENEGATORIA DE LIBERTAD ASISTIDA ANTICIPADA
El apelante solicitó la libertad asistida anticipada tras cumplir parte de su condena. La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal confirmó la denegatoria del Juzgado de Ejecución Penal, argumentando la falta de avance en su proceso de resocialización.
Actor: Defensa Oficial Dra. María Celina Berterame Demandado: V R A Objeto: Libertad asistida anticipada Decisión: Se confirma la denegatoria de la libertad asistida anticipada
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La 'visita jurisdiccional' no influye en la decisión adoptada ni vulnera el derecho de defensa. La concesión del instituto de libertad asistida requiere un avance sostenido en el proceso de resocialización, lo cual no se verifica en este caso." "La liberación anticipada debe ser fundamentada en la demostración de que se está en condiciones de volver a integrar una sociedad, por lo que si dicho proceso no se verifica, tampoco procede la liberación anticipada." "La ausencia de mención expresa de circunstancias positivas no implica que no han sido valoradas, sino que no se estimaron suficientes ante la contundencia de los elementos que justifican la decisión adversa."
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