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Incidente Nº 122 - IMPUTADO: IGLESIAS, MARÍA DEL ROCÍO s/SUSPENSION DE PROCESO A PRUEBA

María Rocío Iglesias solicitó la extinción de la acción penal por defraudación en perjuicio de la administración pública. El Tribunal Oral Federal de San Martín hizo lugar a la solicitud y sobreseyó a la imputada al cumplir con las reglas de conducta impuestas.

Accion penal Extincion Sobreseimiento Defraudacion Reglas de conducta Reparacion del dano Tribunal oral federal Cumplimiento Tareas comunitarias Codigo penal


¿Quién es el actor?

María Rocío Iglesias

¿A quién se demanda?

Estado (acción penal)
- Objeto de la demanda: Extinción de la acción penal por defraudación
- Decisión del tribunal: Se declara la extinción de la acción penal y se sobresee a María Rocío Iglesias.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que el artículo 76 ter
- cuarto párrafo
- del Código Penal establece que, si durante el tiempo fijado por el Tribunal la persona imputada no comete un delito, cumple con las reglas de conducta establecidas y repara los daños en la medida ofrecida, se extinguirá la acción penal." "De los informes más arriba reseñados surge que la imputada de autos no cometió un nuevo delito, fijó residencia, realizó las tareas comunitarias y abonó la reparación del daño establecida." "En virtud de las consideraciones expuestas, corresponde declarar la extinción de la acción penal en estos actuados, sobreseer a María Rocío Iglesias."

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