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Incidente Nº 1 - QUERELLANTE: ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS S.E. DENUNCIADO: MORTOLA, GONZALO s/INCIDENTE DE RECURSO EXTRAORDINARIO

El Ministerio Público Fiscal interpuso un recurso extraordinario contra la decisión que anuló una resolución de no hacer lugar a un ofrecimiento de reparación integral. La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso por no cumplir con los requisitos formales establecidos.

Recurso extraordinario Admisibilidad Ministerio publico fiscal Reparacion integral Juzgado nacional Casacion Ley 48 Inadmisibilidad Derechos federales Cuestion federal

Actor: Ministerio Público Fiscal Demandado: Resolución del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nro. 3 Objeto: Admisibilidad del recurso extraordinario Decisión: Se declara inadmisible el recurso extraordinario

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El remedio extraordinario presentado no puede hallar viabilidad formal, por cuanto no se dirige contra una sentencia definitiva ni equiparable a tal por sus efectos (tal como lo exige el art. 14 de la ley 48)." "Además, es requisito para acceder a la competencia extraordinaria intentada que el recurrente refute todos y cada uno de los fundamentos que dieron sustento a la decisión apelada." "Por consiguiente, el recurso intentado debe ser declarado inadmisible, sin costas."

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