D´A., F. A. Y OTRO S/PRIVACION ILEGAL DE LA LIBERTAD (IPP 03-04-1884-20) (J.G N°3)
Se planteó una cuestión de competencia en el proceso por privación ilegal de la libertad. La Cámara resolvió hacer lugar a la cuestión, permitiendo que el Juzgado de Garantías n° 6 de Villa Gesell continúe interviniendo en el caso.
¿Quién es el actor?
Dr. Gastón Eduardo Giles (Juez de Garantías)
¿A quién se demanda?
D´Aquila, Fabián Andrés; otros sindicados
- Objeto de la demanda: Cuestión de competencia en un proceso por privación ilegal de la libertad.
- Decisión del tribunal: Se hace lugar a la cuestión de competencia, permitiendo que el Juzgado de Garantías n° 6 de Villa Gesell continúe interviniendo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"No se vislumbra la supuesta parcialidad alegada en el pedido originario de recusación por el Dr. Sivo. Desde lo subjetivo es el mismo juez, Dr. Mancinelli, quien expresa que su ánimo no se encuentra afectado. Desde lo objetivo la resolución que oportunamente rechazó el sobreseimiento lo fue por prematuro y por la actividad que llevaba a cabo el particular damnificado, quien había propuesto prueba." "Propongo entonces al acuerdo hacer lugar a la cuestión de competencia traída debiendo continuar interviniendo en el presente proceso el Juzgado de Garantías n° 6 de Villa Gesell."
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