U., D. A. S/ INCIDENTE DE SALIDAS TRANSITORIAS EN EL MARCO DE LA CAUSA N° 9091 (IPP 03-00-89809-05) (J.E.P. 11183)
El demandante apeló la decisión del Juez de Ejecución Penal que denegó la ampliación de horas de salidas transitorias. La Cámara de Apelaciones confirmó la resolución, argumentando que no existieron motivos para modificar el régimen actual.
Actor: María Verónica Olindi Huespi Demandado: Diego Antonio Urquiaga Objeto: Ampliación de horas de salidas transitorias Decisión: Se confirma la negativa a la ampliación de salidas transitorias
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"A Urquiaga le fueron otorgadas las salidas transitorias el día 3 de mayo del año 2019 por el término de 48 horas mensuales, para afianzar vínculos con su familia y bajo la responsabilidad de sus padres." "Entiendo que desde la fecha de la última resolución tomada por esta Alzada no ha existido motivo alguno que haga variar el criterio sostenido en su oportunidad." "La negativa expuesta por el particular damnificado para la ampliación de las salidas y el dictamen negativo del Ministerio Público Fiscal."
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