CARDOZO LUCAS EZEQUIEL C/ FEDERACIÓN PATRONAL SEGUROS S.A.U S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
El actor solicitó la declaración de incompetencia del tribunal en el marco de una acción de revisión de resolución de la Comisión Médica Jurisdiccional. El Tribunal del Trabajo N°3 hizo lugar al planteo y determinó que el caso debe ser conocido por el Tribunal de Trabajo de Florencio Varela.
Actor: CARDOZO LUCAS EZEQUIEL Demandado: FEDERACIÓN PATRONAL SEGUROS S.A.U Objeto: Declaración de incompetencia del tribunal. Decisión: Se hace lugar al planteo de incompetencia y se determina que el caso debe ser conocido por el Tribunal de Trabajo de Florencio Varela.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La interpretación de los arts. 2 inc. 'j' y 103 de la ley 15.057, conducen a determinar que la decisión emitida por la Comisión Médica Jurisdiccional es susceptible de ser recurrida ante los actuales tribunales de trabajo...". "Se impone precisar que... el actor optó por concurrir a la Comisión Médica de Quilmes en atención a encontrarse su domicilio real ubicado en la localidad de Florencio Varela...". "Corresponde hacer lugar al planteo 'sub examine'".
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