MARTINEZ SARA ETELVINA GREGORIA C/ CAJA DE JUBILACIONES, SUBSIDIOS Y PENSIONES DEL PERSONAL DEL BANC S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - PREVISION
Se promovió una acción contencioso administrativa para el reconocimiento de derechos previsionales y la inconstitucionalidad de la ley 15.008. El Tribunal declaró la inconstitucionalidad del artículo 41 de la ley 15.008, reconociendo el derecho de la actora a un reajuste de sus haberes previsionales.
Actor: Sara Etelvina Gregoria Martínez Demandado: Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Reconocimiento de derechos previsionales y declaración de inconstitucionalidad de la ley 15.008. Decisión: Se declaró la inconstitucionalidad del artículo 41 de la ley 15.008 y se ordenó el reajuste de los haberes previsionales conforme a la ley 15.514.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La declaración de inconstitucionalidad de una ley o decreto constituye un acto de suma gravedad institucional, debiendo considerarse la última ratio del orden jurídico... En el caso sub examine no se encuentra controvertido el carácter de beneficiaria de la Caja de Jubilaciones... el artículo 41 de la ley 15.008... afecta el derecho adquirido en virtud de la aplicación de la ley de cese y por tanto resulta contrario a los arts. 10 y 31 de la Constitución Provincial." "El nuevo mecanismo de movilidad... provoca un evidente menoscabo al principio de progresividad... vulnera la garantía constitucional de movilidad jubilatoria y el derecho a la seguridad social (arts. 39.3 y 40, Constitución Provincial y 14 bis, Constitución Nacional)..." "Se ordena a la Caja de Jubilaciones... calcular la movilidad de los haberes previsionales conforme las pautas contenidas en el art. 47 de la ley 15.514."
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