Q, Y. (EN REPRESENTACION DE P M) c/ OBRA SOCIAL UNION PERSONAL s/AMPARO LEY 16.986
El apelante cuestionó la sentencia que hizo lugar parcialmente a su acción de amparo contra la obra social. La Cámara Federal de Mar del Plata confirmó la sentencia de grado y redujo los honorarios regulados a los letrados.
- Quién demanda: Y. Q. (en representación de P. M.)
¿A quién se demanda?
Obra Social Unión Personal
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Amparo Ley 16.986
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la sentencia de grado y se redujeron los honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Las manifestaciones allí formuladas adolecen de una marcada insuficiencia impugnativa... No basta para mantener la apelación el mero disentimiento, ni la remisión o reiteración de argumentos ya expuestos y resueltos por parte del Juez de grado." "Cabe agregar que igual tesitura habré de adoptar respecto al cuestionamiento de la medida cautelar... dichas alegaciones no constituyen sino meras discrepancias con lo resuelto." "Entiendo que corresponde hacer lugar a la apelación articulada, debiendo reducirse los emolumentos regulados."
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