T, L. A. c/ OPSCP s/AMPARO LEY 16.986
El apoderado de la OPSCP apeló la sentencia que hizo lugar al amparo promovido por T. L. A. La Cámara Federal de Mar del Plata resolvió remitir las actuaciones al Juzgado de origen para que se valore un informe circunstanciado presentado oportunamente.
¿Quién es el actor?
T., L. A.
¿A quién se demanda?
OPSCP
- Objeto de la demanda: Amparo Ley 16.986
- Decisión del tribunal: Se remiten las actuaciones al Juzgado de origen para un nuevo pronunciamiento.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El informe circunstanciado glosado a fs. 45/48, ha sido evacuado en tiempo oportuno... corresponde remitir los obrados al Juzgado de origen, con el objeto que el Magistrado interviniente emita nuevo pronunciamiento, brindando tratamiento a la presentación obrante a fs. 45/48."
"Advierto que de acuerdo a lo resuelto a fs. 19, como así también la fecha de recepción del oficio pertinente –obrante a fs. 39/41
- surge que el informe circunstanciado... ha sido evacuado en tiempo oportuno."
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