.................... S/ RECURSO DE QUEJA
Se interpone un recurso de queja por la improcedencia de la apelación en el caso de Ludmila Belén Acosta. La Cámara de Casación Penal rechazó la queja y declaró inadmisible el recurso de casación presentado por la damnificada, reconduciendo el mismo como apelación.
Actor: Priscila Aylén Bogado Demandado: Ludmila Belén Acosta Objeto: Improcedencia de la suspensión del juicio a prueba y la reparación del daño. Decisión: Se declaró admisible la queja pero se rechazó por improcedente, y se declaró mal concedido el recurso de casación, reconduciéndolo como apelación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La queja nro. 139.790 ha sido deducida en tiempo y forma, circunstancia que sella su admisibilidad a tenor del art. 433 del CPP. Sin embargo, la resolución de la Sala Tercera del Departamento Judicial San Martín... no encuadra en ninguno de los supuestos previstos en el art. 450 del CPP." "El objeto de la doctrina de la arbitrariedad no es corregir en tercera instancia fallos equivocados, sino cubrir los defectos graves de fundamentación o razonamiento que tornen ilusorio el derecho de defensa..." "Entiendo que no, toda vez que la decisión atacada por la Particular Damnificada... no encuadra en ninguna de las decisiones recurribles a tenor del art. 450 del C.P.P."
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