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CREDIL SRL C/ GOMEZ MIRANDA FEDERICO AUGUSTO S/ COBRO EJECUTIVO

Credil S.R.L. apeló la sentencia que ordenaba la ejecución de un cobro ejecutivo por $200.000. La Cámara modificó la decisión, admitiendo intereses compensatorios desde la fecha de libramiento de los pagarés hasta las fechas de mora.

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Actor: Credil S.R.L. Demandado: Federico Augusto Gómez Miranda Objeto: Cobro ejecutivo de $200.000 más intereses. Decisión: Se admite parcialmente la apelación, modificando la sentencia de primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Se reconoce que los intereses compensatorios son aquellos que se adeudan como contraprestación por la utilización de un capital ajeno. Resultan ajenos a toda idea de responsabilidad civil, por lo que no requieren para su procedencia que haya incumplimiento." Además, se establece que "los intereses compensatorios pactados deben ser admitidos desde la fecha de libramiento de las cartulares y hasta las respectivas fechas de mora, sin el tope previsto en la instancia de grado." La Cámara también resalta que "la morigeración de intereses que tengan contenido usurario deberá de oficio ser efectuada por el juez aplicando un razonado fundamento."

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