CARTASUR CARDS S.A. C/ PEREYRA CESAR ARMANDO S/ COBRO EJECUTIVO
Cartasur Cards S.A. apeló la sentencia de primera instancia que fijó la fecha de mora en el cobro de un pagaré. La Cámara modificó la sentencia, estableciendo como fecha de mora el 22 de agosto de 2017 y ajustando el capital de condena.
¿Quién es el actor?
Cartasur Cards S.A.
¿A quién se demanda?
César Armando Pereyra
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de un pagaré por $63.099,00.
¿Qué se resolvió?
Se modifica la fecha de mora y el capital de condena.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La mora se computará a partir de la fecha de la efectiva y fehaciente intimación al cobro de la deuda reclamada. En el caso, el día que se diligenció el mandamiento, es decir el 21 de marzo de 2022."
"Se establece como fecha de mora el 22 de agosto de 2017, en tanto que el capital de condena quedará compuesto por el importe del originario capital prestado que surge de la documentación complementaria ($25.773,20), con más intereses compensatorios desde el otorgamiento del préstamo -18 de julio de 2017
- y hasta la fecha de mora prealudida."
"Al saldo insoluto resultante, se aplicarán a partir de la mora los intereses punitorios pactados en el pagaré, reconocidos en la sentencia de grado y con el límite allí impuesto, hasta su efectivo pago."
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