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El demandante solicitó la modificación de la cuota alimentaria fijada para su hija menor. La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial modificó la sentencia, extendiendo la obligación alimentaria hasta los 21 años.

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Actor: M. D. C. Demandado: A. A. W. Objeto: Modificación de la cuota alimentaria fijada. Decisión: Se modifica la sentencia para extender la cuota alimentaria hasta los 21 años, confirmando lo demás.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La obligación de prestar alimentos a los hijos menores de edad surge de los deberes atinentes a la responsabilidad parental y recae sobre ambos progenitores, conforme a su condición y fortuna (arts. 658 del C.C.C.; 18 de la Convención de los Derechos del Niño)..." "La fijación de la cuota realizada en la instancia de grado se basó en los ingresos probados del demandado y el mayor aporte que se encuentra realizando, las necesidades de la niña y los aportes que debe realizar la progenitora." "Finalmente, le asiste razón a la recurrente en cuanto a que la cuota se extiende hasta los 21 años (art. 658 del Código Civil y Comercial)."

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