R L I A C/ V G G S/ ALIMENTOS
El demandante solicitó la modificación de la cuota de alimentos provisorios fijada a favor de su hijo. La Cámara confirmó la resolución apelada, argumentando que la cuota satisface las necesidades básicas del alimentado y es acorde a la situación económica del demandado.
Actor: R. L. I. A. Demandado: V. G. G. Objeto: Modificación de la cuota de alimentos provisorios. Decisión: Se confirma la resolución apelada que fijó la cuota de alimentos provisorios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La fijación de esta cuota obedece a una necesidad inmediata para la supervivencia que no tolera el trámite de todo el proceso por los cánones corrientes." "Los alimentos provisorios deben satisfacer necesidades básicas imprescindibles de los alimentados mientras se sustancia el juicio de alimentos propiamente dicho." "La valorización de la canasta de crianza de la primera infancia, la niñez y la adolescencia publicada por el INDEC, arroja la suma de $ 513.406 para los niños y niñas de 1 a 3 años, suma ésta mayor al piso fijado en la resolución apelada."
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