U., G. C/ V., R. O. S/ ALIMENTOS
El abuelo materno interpuso un recurso de apelación contra la resolución que le impuso alimentos provisorios. La Cámara de Apelaciones revocó la decisión, declarando la nulidad de la resolución por no haberse demandado a la progenitora como obligada principal.
Actor: Señor XXXX (abuelo materno). Demandado: Progenitora de la menor. Objeto: Nulidad de la resolución que impuso alimentos provisorios. Decisión: Se admitió el recurso de apelación y se revocó la resolución apelada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El artículo 668 del Código Civil y Comercial es claro respecto al orden en que deben tramitarse este tipo de procesos. [...] no se demandó a la madre de la niña, es decir, se promovió una acción contraria a lo dispuesto en la normativa legal referenciada." "Los abuelos responden por obligación propia y no en representación de sus hijos. [...] Solo nace su obligación alimentaria cuando se cumplen todos los requisitos legales antes apuntados y no como consecuencia automática del incumplimiento de uno de los progenitores." "Por tales razones, interpreto que corresponde hacer lugar al recurso interpuesto y revocar la resolución apelada, declarando su nulidad."
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