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BALCEDO LETICIA BEATRIZC/ DIAZ EDUARDO JORGE S/FILIACION

Leticia Beatriz Balcedo promovió acción de filiación contra Eduardo Jorge Díaz en representación de su hijo menor. El Tribunal declaró la existencia del vínculo paterno-filial y ordenó la rectificación de la partida de nacimiento, manteniendo el apellido 'Balcedo Díaz'.

Filiacion Derecho a la identidad Prueba biologica Apellido Menor de edad Reconocimiento de paternidad Codigo civil y comercial Allanamiento Sucesion Interes superior del nino

Actor: Leticia Beatriz Balcedo Demandado: Eduardo Jorge Díaz Objeto: Acción de filiación Decisión: Se declara la existencia del vínculo paterno-filial y se ordena la rectificación de la partida de nacimiento.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La determinación de la filiación extramatrimonial se encuentra regulada en los arts. 570, 576, 579 y ccs. del CCCN. [...] La prueba biológica producida y el allanamiento de la heredera otorgan certeza jurídica y fáctica sobre la filiación reclamada." "El derecho a la identidad personal, se ha dicho 'es el presupuesto de la persona que se refiere a sus orígenes como ser humano y a su pertenencia...' [...] la voluntad expresada por el adolescente de mantener el apellido materno y adicionar el paterno, refleja su identidad dinámica y consolidada."

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