C. J., R. c/ OSECAC s/AMPARO LEY 16.986
Se interpuso acción de amparo para obtener la cobertura de un acompañante terapéutico escolar para un menor con TEA. El Juzgado Federal de Bahía Blanca hizo lugar a la demanda, ordenando a OSECAC la cobertura solicitada.
- Quién demanda: F.M.J. en representación de su hijo R.C.J.
¿A quién se demanda?
Obra Social de Empleados de Comercio y Actividades Civiles (OSECAC)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobertura total e integral de acompañante terapéutico escolar.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la acción de amparo, ordenando la cobertura solicitada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La falta de fundamentos atendibles por parte de la demandada para sustraerse de brindar cobertura a un tratamiento prescripto en forma concreta, sin aportar pruebas en apoyo de su postura, informa acerca de su arbitrariedad." "La figura de acompañante terapéutico no se encuentra prevista en el Nomenclador Nacional, pero la jurisprudencia ha reconocido su necesidad en casos concretos." "La prestación objeto de autos resulta ser adecuada a las circunstancias del amparista, por lo que su cobertura se impone."
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