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MUNICIPALIDAD DE CAMPANA C/ OBRA SOCIAL DE PERSONAL LADRILLERO (OSPL) S/ COBRO ORDINARIO DE SUMAS DE DINERO(4)

La Municipalidad de Campana promovió un cobro ordinario de sumas de dinero por honorarios. El Tribunal ordenó continuar la ejecución del pago de $800.000 más intereses a favor de la Dra. Lucía del Carmen Schirripa, al no haberse deducido excepciones por parte del demandado.

Cobro ordinario Honorarios Ejecucion Municipalidad Obra social Intereses Costas C.p.c.c. Ley 14.967 Sumas de dinero

Actor: Municipalidad de Campana Demandado: Obra Social de Personal Ladrillero (OSPL) Objeto: Cobro de honorarios por la suma de $800.000 más intereses. Decisión: Se ordenó continuar la ejecución del pago de los honorarios reclamados.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que no habiendo el obligado al pago de los honorarios deducido excepciones legítimas dentro del término de ley, y en orden a lo previsto por el art. 506 del C.P.C.C., mándase continuar la ejecución adelante hasta tanto se haga efectivo pago a la Dra. LUCÍA DEL CARMEN SCHIRRIPA de los honorarios reclamados por la suma de PESOS OCHOCIENTOS MIL ($ 800.000)... Costas a cargo del ejecutado (art. 68 del código citado)."

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