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ESPINOZA YOEL VICTOR C/ FELICE RICARDO HECTOR S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO

El actor solicitó la homologación de un acuerdo celebrado con el demandado. El Tribunal del Trabajo N° 3 homologó el acuerdo, considerando que se lograba una equitativa composición de derechos sin violar el orden público.

Homologacion Acuerdo Derecho laboral Orden publico Impuestos Costas Honorarios Tribunal del trabajo Equidad Cumplimiento

Actor: ESPINOZA YOEL VICTOR Demandado: FELICE RICARDO HECTOR Objeto: Homologación de un acuerdo de fecha 20/10/2025. Decisión: Se homologó el acuerdo y se eximió a las partes del pago de impuestos y tasas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Teniendo en cuenta que en la especie se obtiene una equitativa composición de derechos de las partes y que no se advierten violación de derechos protegidos por el orden público, considero: QUE DEBE HOMOLOGARSE EL ACUERDO de fecha 20/10/2025." "Propicio asimismo que se exima del pago de impuestos y tasas procesales." "Hágase saber a las partes que ante la falta de cumplimiento del presente acuerdo, será de aplicación lo dispuesto en el art. 275, 3er párrafo de la LCT (inc 1º ley 26.696)."

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