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MONZON, MARIANA BERNARDA Y OTROS c/ AFIP s/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-VARIOS

La actora solicitó la aclaración sobre la fecha de inicio de las devoluciones de montos retenidos por la AFIP. La Cámara Federal de La Plata hizo lugar a la aclaratoria y estableció que la devolución debe operar desde el 24/09/2020.

Recurso de apelacion Devolucion Afip Montos retenidos Aclaratoria Contencioso administrativo Fecha de inicio Justicia federal Seguridad social Procedimiento


¿Quién es el actor?

Mariana Bernarda Monzón y otros

¿A quién se demanda?

AFIP
- Objeto de la demanda: Devolución de montos indebidamente retenidos.
- Decisión del tribunal: Se aclara que la fecha de devolución de los montos retenidos es desde el 24/09/2020.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Las razones traídas por la parte actora configuran una razón suficiente para, en uso de las facultades que acuerdan los arts. 34 y 36 del CPCCN, aclarar la resolución de referencia." "La fecha de devolución de los montos indebidamente retenidos deberá operar a partir del 24/09/2020, fecha en que el actor interpuso la primera demanda con esta pretensión."

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