MONZON, MARIANA BERNARDA Y OTROS c/ AFIP s/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-VARIOS
La actora solicitó la aclaración sobre la fecha de inicio de las devoluciones de montos retenidos por la AFIP. La Cámara Federal de La Plata hizo lugar a la aclaratoria y estableció que la devolución debe operar desde el 24/09/2020.
¿Quién es el actor?
Mariana Bernarda Monzón y otros
¿A quién se demanda?
AFIP
- Objeto de la demanda: Devolución de montos indebidamente retenidos.
- Decisión del tribunal: Se aclara que la fecha de devolución de los montos retenidos es desde el 24/09/2020.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Las razones traídas por la parte actora configuran una razón suficiente para, en uso de las facultades que acuerdan los arts. 34 y 36 del CPCCN, aclarar la resolución de referencia." "La fecha de devolución de los montos indebidamente retenidos deberá operar a partir del 24/09/2020, fecha en que el actor interpuso la primera demanda con esta pretensión."
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