HERRERA SACCRA ELADIA EMALBINA Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE DEFENSA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Los actores promovieron demanda para el reconocimiento de suplementos salariales establecidos por el Decreto 1305/2012. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de primera instancia, considerando que dichos suplementos son remunerativos y bonificables.
- Quién demanda: Eladia Emalbina Herrera y otros
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Ministerio de Defensa
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Incorporación de suplementos salariales al haber mensual
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los suplementos mencionados no reúnen en la práctica ninguna de las características mencionadas en el art. 57 de la ley 19.101 para ser considerados suplementos particulares, sino que comportan lisa y llanamente un aumento en la remuneración de la generalidad del personal militar en actividad." "De todo lo anterior se infiere que más allá de la denominación que se intente asignarle por vía reglamentaria a los suplementos creados por el Decreto 1305/2012, ostentan carácter 'general', 'remunerativo' y 'bonificable', y deben incorporarse al 'haber mensual' del recurrente." "La necesaria proporcionalidad que debe existir entre el haber de retiro o pasividad con el haber de actividad se vería severamente alterada si se tolerara que los incrementos al haber del personal activo no se trasladaran al haber del personal retirado."
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