A A I C/ T L M S/ ALIMENTOS
El actor promovió demanda de alimentos solicitando una cuota alimentaria mayor para su hijo menor. La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, fijando la retroactividad de la obligación alimentaria a la fecha de promoción de la etapa previa.
Actor: A I A, en representación de su hijo menor C J A. Demandado: L M T. Objeto: Fijación de una cuota alimentaria mensual y cobertura de gastos extraordinarios. Decisión: Se confirma la cuota alimentaria de un SMVyM, pero se modifica la retroactividad a la fecha de promoción de la etapa previa (28/05/2018).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La actora cuestiona el quantum de la cuota alimentaria fijada en primera instancia en el equivalente a un (1) SMVyM, por considerarla exigua para cubrir las necesidades de su hijo C."
"La principal carga de la actora en esta instancia era demostrar -mediante argumentos serios, precisos y contundentes
- que la cuota alimentaria fijada por el a quo no alcanza a cubrir las necesidades del alimentado."
"En cuanto a los efectos retroactivos del canon, el juez de primera instancia sostuvo que la actora solicitó el trámite de la etapa previa en el año 2018, pero el proceso permaneció paralizado hasta el año 2024."
"La modificación del art. 641 del CPCC establece que los efectos de la sentencia se retrotraen a la fecha de inicio de la etapa previa o de la interposición de la demanda, la que fuese anterior."
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