C.E.M.V. - C.M.A.
Los encausados E. M. V. C. y M. A. C. apelaron la sentencia que los condenó por delitos de violencia de género y robo en grado de tentativa. La Cámara de Apelaciones confirmó la condena, rechazando los agravios sobre la congruencia de la acusación y la calificación legal.
Actor: A. L. C. Demandado: E. M. V. C.; M. A. C. Objeto: Condena por amenazas coactivas, lesiones leves agravadas por el vínculo y robo en grado de tentativa. Decisión: Se confirma la condena impuesta en primera instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La Jueza actuante ha explicado, a mi entender acertadamente, que si bien la descripción del hecho realizada por el Ministerio Público Fiscal consignó como fecha de comisión de los hechos enero 2022, surge claramente que los hechos sucedieron en febrero de 2022, obedeciendo ello a un error material." "No considero que se haya verificado un supuesto de arbitrariedad por violación al principio de congruencia con afectación del debido proceso legal y del derecho de defensa." "La Jueza a quo ha brindado razones suficientes para justificar el monto de la pena que consideró justa imponer, esto es dos (2) años y dos (2) meses de prisión de efectivo cumplimiento."
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