VALLE ABEL EDGARDO C/ EMPRESA DE TRANSPORTE COSTERA CRIOLLA Y OTRO/A S/DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
El actor Abel Edgardo Valle apeló la caducidad de instancia decretada en su contra en un caso de daños y perjuicios. La Cámara confirmó la caducidad, argumentando que la notificación por carta documento no interrumpe el plazo de caducidad.
Actor: Abel Edgardo Valle Demandado: EMPRESA DE TRANSPORTE COSTERA CRIOLLA; OTRO Objeto: Recurso de apelación contra la caducidad de instancia en un caso de daños y perjuicios. Decisión: Se rechazó el recurso de apelación y se confirmó la caducidad decretada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La caducidad de instancia es un instituto de orden público, de aplicación restrictiva, que debe responder a las circunstancias del proceso. La posibilidad de notificar el traslado de demanda por carta documento se encuentra expresamente vedada por el sexto párrafo del art. 143 del CPCyCPBA, por lo que NO puede ser considerado como un acto interruptivo de la caducidad de la instancia." "La Corte de la Nación ha sostenido que la caducidad de instancia es un modo anormal de terminación del proceso, por lo que es de interpretación restrictiva y su aplicación debe adecuarse a ese carácter."
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