F.N.S C/ S.P.M S/ CUIDADO PERSONAL DE HIJOS
El actor apeló la sentencia que homologó un régimen de cuidado personal compartido del menor B S. La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial confirmó la decisión de primera instancia, argumentando que se respetó el interés superior del menor y su opinión.
Actor: F N S Demandado: Pedro M S Objeto: Modificación del régimen de cuidado personal del menor B S. Decisión: Se confirmó la sentencia de primera instancia que homologó el régimen de cuidado personal compartido.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Las alegaciones de la recurrente para dejar de lado lo resuelto por la A quo, no constituyen un fundamento válido a los fines pretendidos." "El cuidado personal es una figura legal derivada de la responsabilidad parental... el punto de partida de las decisiones judiciales en esta materia debe situarse en el respeto del 'interés superior del menor' y la 'opinión valorativa del niño'." "A partir de todo lo expuesto... la decisión a dictarse debe ser acorde al interés superior del niño, entiendo que ello se encuentra asegurado con el sistema de cuidado resuelto en Primera Instancia."
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