T. I. C. C/ A. A. E. S/ ALIMENTOS
El demandado interpuso un recurso de apelación contra la homologación de un convenio de alimentos y la imposición de costas. La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Mar del Plata declaró mal concedido el recurso por haber sido presentado fuera de término.
Actor: T I C C Demandado: A A E S Objeto: Homologación de un convenio de alimentos y costas. Decisión: Se declaró mal concedido el recurso de apelación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El apelante se notificó en el domicilio electrónico constituido el día 20/05/2025 de la resolución dictada en los presentes autos el 19/05/2025... el recurso de apelación contra la sentencia definitiva... debió articularse con anterioridad al vencimiento del plazo para su interposición... deviene fuera de término, lo que así se declara." "Corresponde declarar mal concedido el recurso de apelación deducido por el demandado... con costas de Alzada al apelante (art. 68 del CPCC)."
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