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A., M. J. C/ T., J. A. S/ COMPENSACION ECONOMICA

El actor promovió demanda por compensación económica tras el divorcio, alegando desequilibrio económico. La Cámara de Apelaciones revocó la decisión de primera instancia que rechazó la acción por prematura, ordenando un análisis integral de las circunstancias del caso.

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Actor: M. J. A. Demandado: J. A. T. Objeto: Compensación económica por desequilibrio tras el divorcio. Decisión: Se revocó el rechazo de la acción por prematura y se ordenó un análisis integral de las circunstancias.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La decisión en crisis que rechazó por prematura la acción de compensación económica... se basa en un error y no se ajusta a derecho." "El plazo de caducidad que se prevé es corto porque la norma tiene por fundamento procurar que los ex cónyuges resuelvan todas las cuestiones patrimoniales que se derivan de la ruptura matrimonial." "El análisis no debe limitarse a la verificación de aquellos bienes que integraron el patrimonio... sino que se debe considerar la dedicación que cada cónyuge brindó a la familia." "La decisión apelada no resiste mayor análisis... se reputó prematura la acción promovida a partir de considerar que, al no haberse distribuido los bienes... no era posible estimar el desequilibrio."

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