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BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ JAMESON JOSE PABLO DE JESUS S/ COBRO EJECUTIVO

El Banco de la Provincia de Buenos Aires promovió una ejecución por el cobro de un saldo deudor de cuenta corriente. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución hasta el pago del capital reclamado, considerando la falta de oposición del demandado.

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Actor: BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Demandado: J.J.P.D.J. Objeto: Cobro ejecutivo de un saldo deudor de cuenta corriente por $33,323 más intereses, gastos y costas. Decisión: Se ordenó la ejecución del saldo deudor hasta el pago efectivo por parte del demandado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, que se encuentra vencido, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 155 del CPCC)." "La mora del deudor se produce con la interpelación por parte del acreedor y no de manera automática, toda vez que no se trata de una obligación a plazo." "La fecha de mora se establece a partir de la diligencia de intimación de pago y citación de remate, que ocurrió el 05 de septiembre de 2025." "Los intereses moratorios deben calcularse de acuerdo a las tasas fijadas por el Banco Central, aplicándose la tasa activa nominal anual por préstamos al sector privado en pesos."

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