CENTRO DE ESTUDIOS PARA LA PROMOCION DE LA IGUALDAD Y LA SOLIDARIDAD (CEPIS) C/ PROVINCIA DE BS. AS. S/ INCONST. LEY 12.475
El Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad (CEPIS) demandó la inconstitucionalidad de los arts. 1 y 5 de la ley 12.475 por exigir un 'interés legítimo' para acceder a información pública. La Corte rechazó la demanda, argumentando que la ley puede ser interpretada de manera que no obstaculice el acceso a la información.
¿Quién es el actor?
Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad (CEPIS), Pedro Sisti y Sergio Exequiel Sartori.
¿A quién se demanda?
Provincia de Buenos Aires.
- Objeto de la demanda: Declarar la inconstitucionalidad de los arts. 1 y 5 de la ley 12.475.
- Decisión del tribunal: Se rechaza la demanda de inconstitucionalidad.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La exigencia de acreditar un 'interés legítimo' no constituye una barrera insalvable para el acceso a la información pública, sino que puede ser interpretada de manera que no obstaculice dicho acceso. La interpretación armonizadora de la norma permite que cualquier ciudadano pueda solicitar información sin necesidad de demostrar un interés especial." "La condición impuesta por la ley no es extravagante y puede favorecer tanto al solicitante como al organismo requerido, garantizando una gestión eficiente." "Se desestima la demanda, pero se ordena que los ministerios analicen nuevamente los pedidos de acceso a la información formulados por los actores."
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