P., S. D. c/ OSOCNA Y OTRO s/AMPARO DE SALUD
El actor promovió acción de amparo contra la Obra Social de Comisarios Navales y OSDE para mantener su afiliación y la de su hijo discapacitado. El Juzgado Civil y Comercial Federal 8 hizo lugar a la acción, ordenando a las demandadas mantener la afiliación bajo el Plan 210.
¿Quién es el actor?
S.D.P.
- Demandados: OSOCNA y OSDE
- Objeto de la demanda: Mantenimiento de la afiliación a la obra social sin limitaciones temporales y presupuestarias.
- Decisión del tribunal: Se hace lugar a la acción de amparo, ordenando a las demandadas mantener la afiliación del actor y su hijo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El derecho cuya protección se persigue en autos, en tanto compromete la salud e integridad física del accionante, aparece reconocido por la Constitución Nacional y los pertinentes tratados internacionales incorporados a ella." "La mera circunstancia de jubilarse no implica, automáticamente, la transferencia del beneficiario al I.N.S.S.J.P., sino que subsiste para el ex trabajador el derecho de permanecer en la obra social que le prestaba servicios hasta entonces." "La aplicación de los decretos 292/95 y 492/95 conculca el derecho a la salud y los derechos adquiridos del peticionario amparados por la Constitución Nacional."
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