C. B. M. E. S/ ABRIGO
El Asesor de Menores e Incapaces apeló la sentencia que concluyó el proceso de abrigo de la niña B. La Cámara revocó la sentencia, ordenando la continuación del proceso y la realización de oficios para evaluar la situación de la menor y su abuela.
Actor: Asesoría de Menores e Incapaces Demandado: Sra. C. M. (progenitora); Sra. V. M. (abuela materna) Objeto: Revocación de la sentencia que dio por concluidas las actuaciones y otorgó la guarda provisoria. Decisión: Se revoca la sentencia del 11/09/2025, ordenando la continuación del proceso y la realización de oficios sugeridos por la Trabajadora Social.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Debió convocarse a la Asesoría de Menores e Incapaces para que dictaminara como representante principal de la niña involucrada, ya que su omisión vulnera las garantías de sus derechos derivada de la falta de intervención del Ministerio Pupilar." "La medida de abrigo es una medida de protección excepcional de derechos, que tiene como objeto brindar al niño, niña o adolescente un ámbito alternativo al grupo de convivencia cuando en éste se encuentren amenazados o vulnerados sus derechos." "Es prudente la sugerencia hecha por dicha profesional a fin de meritar los tratamientos terapéuticos llevados por la niña y su abuela y conocer su progreso."
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