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DOZO, PILAR c/ NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A. s/ AMPAROS - HABEAS DATA

La actora Pilar Dozo planteó la recusación sin causa del juez interviniente en un proceso de habeas data. La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial confirmó la desestimación de la recusación, argumentando la improcedencia de la misma bajo las normas del proceso de amparo.

Incidente Habeas data Recusacion Improcedencia Proceso de amparo Codigo procesal civil y comercial Juez Desestimacion Ley 14.456 Santa fe

Actor: Pilar Dozo Demandado: Juez de Primera Instancia Objeto: Recusación sin causa del magistrado interviniente Decisión: Se confirmó la desestimación de la recusación

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La norma expresamente prevé la improcedencia de la recusación sin causa (Artículo 14 modificado por el Artículo 11 la Ley N° 12036)... el litigante recién puede recusar sin causa, cumpliéndose así con el requisito del CPC, art. 9 respecto de la primera presentación." "Estimo que lo resuelto por el aquo con relación al planteo recusatorio formulado por la actora luce ajustado a derecho."

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