J., W. T. C/ D. F. S/ ORDINARIO COMPENSACION ECONOMICA
W. T. C. promovió demanda por compensación económica contra F. D. por la suma de $ 15.000.000 tras una relación de pareja de más de 13 años. El tribunal hizo lugar a la demanda, reconociendo el desequilibrio económico y la contribución de la actora al desarrollo del patrimonio familiar.
¿Quién es el actor?
W. T.
¿A quién se demanda?
F. D.
- Objeto de la demanda: Compensación económica de $ 15.000.000.
- Decisión del tribunal: Se hace lugar a la demanda y se condena al demandado a pagar la suma solicitada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El art. 524 del Código Civil y Comercial (CCyC) establece que 'cesada la convivencia, el conviviente que sufre un desequilibrio manifiesto... tiene derecho a una compensación.' Se ha demostrado que la actora, tras la ruptura, enfrenta un desequilibrio económico significativo en comparación con el demandado, quien ha progresado profesionalmente." "La convivencia fue el factor determinante del desequilibrio debido a la forma en que se distribuyeron los roles y repartieron las responsabilidades. La actora se dedicó al cuidado del hogar y de su hijo, lo que limitó su desarrollo personal y profesional." "El monto reclamado de $ 15.000.000 es razonable, considerando el valor de los bienes adquiridos durante la convivencia y la contribución de la actora al crecimiento económico del demandado."
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