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OLMOS GRACIELA RAMONA S/ SUCESION AB-INTESTATO

El demandante solicitó la declaratoria de herederos de OLMOS GRACIELA RAMONA tras su fallecimiento. El Tribunal declaró a sus hijos y cónyuge como herederos universales, conforme a lo dispuesto por el Código Civil y Comercial.

Sucesion Herederos Codigo civil y comercial Declaratoria Universales herederos Defuncion Bienes Derechos Conyuge Actuacion judicial

Actor: D. H. Demandado: OLMOS GRACIELA RAMONA Objeto: Declaratoria de herederos Decisión: Se declara a los hijos y al cónyuge de OLMOS GRACIELA RAMONA como herederos universales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Por ello, de conformidad con lo solicitado y lo dispuesto por los artículos 7, 2337, 2424, 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial de la Nación y 735 y 737 del CPCC., se declara en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de OLMOS GRACIELA RAMONA le suceden en carácter de universales herederos sus hijos: CRISTIAN SERGIO ALONSO y OLMOS, EDUARDO ARIEL ALONSO y OLMOS, LEANDRO FEDERICO ALONSO y OLMOS Y FLORENCIA NATALIA ALONSO y OLMOS y su cónyuge: SERGIO ALONSO." "Se deja constancia que la misma carece de todo valor a los fines de la inscripción, cesión y/o transmisión de bienes y derechos, como así también que carece de valor para el cobro de suma alguna de dinero."

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