V. N. A. C/ C. N. H. Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS EXTRACONTRACTUAL (EXC. AUTOM./ESTADO)
El actor demandó por daños y perjuicios tras caer en un pozo sin señalización en el Club de Campo del C. N. H. La sentencia condenó a las demandadas a indemnizar al actor por un total de $ 5.368.378, argumentando la responsabilidad objetiva por la existencia de una cosa riesgosa.
Actor: N. A. V. Demandado: C. N. H.; A. S.R.L. Objeto: Indemnización por daños y perjuicios por un accidente en la vía pública. Decisión: Se hace lugar a la demanda, condenando a las demandadas a pagar $ 5.368.378.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La existencia de una excavación indebidamente señalizada y ubicada en un sector donde evidentemente transita o circula el personal, constituye en sí misma una 'cosa riesgosa' en los términos del art. 1757 del CCCN que compromete la responsabilidad de su dueño y guardián." "Cuando en la producción del daño ha intervenido una cosa que presenta riesgo o vicio, la responsabilidad es objetiva. De modo que la víctima de un daño causado por una cosa riesgosa, no tiene que probar si existe culpa en el dueño o guardián de la misma." "En virtud de lo analizado y ante el daño causado por la cosa riesgosa, hace que cobre plenitud la responsabilidad del dueño o guardián."
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