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GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en TELEFONICA MOVILES ARGENTINA SA RES Nº 905-MHGC-13) CONTRA GCBA SOBRE IMPUGNACIóN DE ACTOS ADMINISTRATIVOS

El abogado Guillermo A. Lalanne solicitó la regulación de sus honorarios por la contestación de un recurso extraordinario federal. El Tribunal Superior de Justicia reguló sus honorarios en 30 UMA, considerando su actuación como apoderado y patrocinante.

Regulacion de honorarios Recurso extraordinario federal Honorarios profesionales Monto minimo Abogado apoderado Abogado patrocinante Honorarios del abogado Contestacion del traslado


¿Quién es el actor?

Guillermo A. Lalanne

¿A quién se demanda?

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
- Objeto de la demanda: Regulación de honorarios por la contestación de un recurso extraordinario federal.
- Decisión del tribunal: Se regulan los honorarios en 30 UMA.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Con arreglo a lo previsto en el artículo 30 de la ley 5134, '[p]or las actuaciones correspondientes a la segunda o ulterior instancia, se regularán en cada una de ellas del treinta por ciento (30%) al cuarenta por ciento (40%) de la cantidad que se fije para honorarios en primera instancia'." "Ello así, cabe fijar los emolumentos del abogado Guillermo A. Lalanne en 20 UMA por su actuación como patrocinante, conforme el valor que dicha unidad de medida tenga al momento de hacerse efectivo el pago, más el 50% de ese valor por su labor como apoderado." "El Tribunal Superior de Justicia resuelve: Regular los honorarios del abogado Guillermo A. Lalanne en 30 UMA por su actuación en el doble carácter de letrado patrocinante y apoderado de Telefónica Móviles Argentina SA."

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