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M, M.P c/ OBRA SOCIAL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y TECNICO DE LA CONSTRUCCION Y AFINES s/AMPARO LEY 16.986

La madre de una menor interpuso una acción de amparo contra la obra social para obtener cobertura de un acompañante terapéutico. La Cámara de Apelaciones modificó la sentencia de primera instancia, limitando la cobertura hasta el cese de la afiliación de la menor.

Amparo Cobertura Acompanante terapeutico Obra social Discapacidad Vulnerabilidad Costas Honorarios Ley 16.986 Ley 24.901


¿Quién es el actor?

M. P. (representada por su madre, A. V. G.)

¿A quién se demanda?

Obra Social del Personal Administrativo y Técnico de la Construcción y Afines (OSPATCA)
- Objeto de la demanda: Cobertura integral de un acompañante terapéutico.
- Decisión del tribunal: Se modifica la sentencia limitando la cobertura hasta el cese de la afiliación de la menor.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Si bien corresponde reconocer que la cobertura debe limitarse hasta el mes de septiembre de 2025... no puede desconocerse que, al momento de los reclamos administrativos y de la promoción de la demanda, la niña sí se encontraba afiliada." "No puede negársele a la amparista el derecho a la cobertura solicitada por la sola circunstancia que la prestación no se encuentra expresamente en la ley o en el nomenclador..." "El agravio de la demandada en torno a la imposición de costas no puede prosperar... la niña se encontraba efectivamente afiliada a OSPATCA."

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