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ROMANO JULIO S/ SUCESION AB-INTESTATO

Se solicita la declaratoria de herederos de Julio Romano tras su fallecimiento. El Juzgado Civil y Comercial N° 15 de Mar del Plata declara herederos a su cónyuge e hijos, conforme a la normativa aplicable.

Sucesion Herederos Declaratoria Codigo civil y comercial Matrimonio Bienes gananciales Edictos Fallecimiento Mar del plata Juzgado civil y comercial

Actor: Josefa Ana Di Geronimo; Cecilia Mabel Romano; Elisabeth Patricia Romano; Fernando Daniel Romano Demandado: Julio Romano Objeto: Declaratoria de herederos tras el fallecimiento de Julio Romano. Decisión: Se declara herederos a la cónyuge e hijos de Julio Romano.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Declaro: Que en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio del derecho de terceros, por el fallecimiento de Julio Romano (DNI N° 5.298.117) le suceden en carácter de herederos sus hijos Cecilia Mabel Romano, Elisabeth Patricia Romano y Fernando Daniel Romano y su cónyuge Josefa Ana Di Geronimo; este último en cuanto a los bienes propios se refiere y si los hubiere y sin perjuicio de los derechos que la ley le otorga sobre los gananciales."

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