JUAN LUJAN ANDREA C/ TRANSPORTE LA UNION LINEA 202 S.A. S/ DAÑOS Y PERJ. INCUMP. CONTRACTUAL (EXC. ESTADO)
Juan Luján Andrea demandó a Transporte La Unión Línea 202 S.A. por daños y perjuicios derivados de un accidente ocurrido en un colectivo. El Tribunal admitió la demanda y condenó a la empresa a pagar $1.295.000 más intereses por los daños sufridos.
Actor: Juan Luján Andrea Demandado: Transporte La Unión Línea 202 S.A. Objeto: Daños y perjuicios por incumplimiento contractual. Decisión: Se admitió la demanda y se condenó a la empresa a pagar indemnización.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El transportista asume una obligación de resultado: trasladar al pasajero sano y salvo a su lugar de destino, con la obligación de seguridad asociada... no existiendo supuesto alguno de ruptura del nexo causal, la demanda resulta procedente."
"Cabe recordar que la franquicia establecida por la Superintendencia de Seguros de la Nación resulta oponible al tercero damnificado."
"Se ajusta así a lo dispuesto en el art. 118 -tercer párrafo
- de la ley 17.418, que prescribe que la sentencia de condena contra el responsable civil será ejecutada contra el asegurador 'en la medida del seguro'."
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